Facilidades Administrativas en materia de Simplificación Fiscal

El pasado 30 de junio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria. Por primera vez en muchos años se observa un primer paso de desregulación que incluye a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y al Servicio de Administración Tributaria.

Aún y cuando una verdadera simplificación fiscal debería pasar por una reforma legislativa profunda, hay que reconocer que las medidas que por ahora toma el gobierno federal contribuyen a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes cautivos.

Las reformas a la legislación se han hecho palpables en primer lugar en uno de los dolores de cabeza mas importante para las empresas en los últimos años: el Impuesto Empresarial a Tasa Única. Al respecto, el Decreto prevé la simplificación en el pago de este impuesto a través de eliminar las declaraciones mensuales que solo suman a la complejidad del sistema de declaraciones actual.

En cuanto a los impuestos indirectos, se ha previsto la derogación de la obligación de presentar la declaración anual informativa del IVA, manteniendo la obligación de presentarla mensualmente.

Las buenas noticias se extienden para las empresas mediante la eliminación de la presentación de dictamen fiscal, IMSS e INFONAVIT, lo que repercute en disminución de costos por dicha obligación e importantes cargas de trabajo en las empresas. Así como la devolución de los saldos a favor del Impuesto a los Depósitos en Efectivo sin el paso previo del visto bueno de un contador público certificado.

Con la intención de que los contribuyentes puedan presentar sus declaraciones a través de medios electrónicos, y para efectos de la autentificación de los datos creados por ese medio, también se ha aprobado  la ampliación de vigencia de los certificados de la Firma Electrónica Avanzada de las personas físicas que se expidan a partir del primero de julio de 2010, extendiendo su validez de 2 a 4 años.

Debido a que se habilita al SAT y al IMSS para emitir reglas generales que permitan operar estos beneficios, debemos estar al pendiente de la posterior publicación de las mismas, así como su probable inclusión en la legislación tributaria.

Estas medidas responde a las exigencias presentadas por muchos contribuyentes así como por instituciones que los representan, aun y que  no resuelven los problemas fiscales actuales, representan un acercamiento de la autoridad al padecer de los contribuyentes.

Lic. Hiram Villarreal
hiramvillarreal@caintra.org.mx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tips para mejorar la cobranza

La eficiencia en la cobranza, depende de la tenacidad, control y exactitud con la que se lleven dichos documentos de cobranza, ya sean facturas, pagares o cualquier titulo de crédito.

Se deben generar reportes y metas individuales de los responsables de cobranza, esto se basara en el análisis de pagos del cliente tomando en cuenta el historial de pago, ya que cada cliente en el área local o foránea se presenta en distinta forma.

El encargado de cobranza deberá contar con una bitácora de llamadas, visitas, correos o citas; y reportarlas a cada área correspondiente para su debido seguimiento.

Como ejemplo de las políticas para los clientes se presentan las siguientes:

1.- Si el cliente no procede a pagar en el plazo convenido, se hará acreedor desde una sanción hasta una penalización de cargo de interés moratorio.

2.- El departamento de cobranza solicitará apoyo a la gerencia de ventas, junto con agentes de ventas para que tomen cartas en el asunto y se guíe una visita al acreedor y saber cuál es el motivo de la demora de pago.

De acuerdo a las investigaciones de clientes, se toma en cuenta la forma de pago, montos, vencimientos, compras, tomando en cuenta que una política se desarrolla con datos arrojados por la venta y pagos de los clientes.

Cada empresa deberá adaptar sus políticas de acuerdo a los requerimientos que se presentan con el análisis a los clientes y sus ventas.

Para mayor recibir asesoría especializada sobre el tema puede dirigirse a nuestra área de servicios legales.

Lic. Hernán Chapa
hernandochapa@caintra.org.mx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Información de Trabajadores Extranjeros

En el caso de que en su empresa laboren trabajadores extranjeros, es importante que estos cumplan con las obligaciones requeridas por el Instituto Nacional de Migración, por lo que es conveniente que se lleve un buen control de sus trámites, con el fin de evitarse multas.

Entre las obligaciones de los extranjeros están, el notificar cualquier cambio de calidad o característica migratoria, nacionalidad, estado civil, domicilio y actividades a que se dediquen, dentro de los treinta días posteriores al cambio.

Asimismo, es importante que realice con tiempo el trámite de prórroga, en el entendido que si su FM3 no está vigente, se considera ilegal dentro del territorio nacional.

Los extranjeros podrán internarse legalmente en el país en calidad de no inmigrante o de inmigrante.

El No Inmigrante es el extranjero que con permiso de la Secretaría de Gobernación se interna en el país temporalmente dentro de alguna de las características migratorias tales como turista, visitante, transmigrante, ministro de culto, refugiado, estudiante, corresponsal. Las prórrogas de legal estancia en el documento migratorio FM3 del extranjero, se dan anualmente.

El Inmigrante es el extranjero que se interna legalmente en el país con el propósito de radicar en él, en tanto adquiere la calidad de inmigrado. Esta calidad durará hasta 5 años, y puede hacerlo dentro de alguna de las siguientes características, entre las cuales se encuentran, rentista, inversionista, profesional, cargo de confianza, científico o técnico.

Cabe señalar que los permisos se otorgan preferentemente a los científicos y técnicos en disciplinas que no estén cubiertas por mexicanos.

Por lo anterior, se recomienda que la empresa lleve un expediente básico de sus trabajadores extranjeros, para que no lo sorprendan en caso de inspecciones por parte de la Autoridad Migratoria.

Lic. Blanca Serrato
blancaserrato@caintra.org.mx

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Facultades de la Comisión Federal de Competencias

La Comisión Federal de Competencia fue creada a partir del principio de libre competencia, para ello, se determinó como un órgano administrativo, desconcentrado con autonomía técnica y operativa para prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas absolutas o relativas y las concentraciones.

La Comisión se concentra en la supervisión, investigación y sanción de las prácticas que en materia de competencia afectan más a los consumidores, esto es:

Las fusiones, adquisiciones o concentraciones entre dos o más agentes económicos que afecten la libre competencia. Las prácticas monopólicas absolutas a través de las cuales competidores actúen ilegalmente en conjunto para limitar la competencia a través de fijar precios, restringir la oferta y segmentar los mercados, o bien coordinar posturas en licitaciones. Prácticas monopólicas relativas por parte de empresas que son dominantes en un mercado encaminadas a expulsar a otros agentes económicos, por ejemplo mediante relaciones exclusivas con terceros.

En otra vertiente tiene la facultad de sancionar a los agentes económicos para realizar conductas violatorias y emitir opiniones vinculativas y no vinculativas respecto de actividades de la administración pública federal, y consultas que presenten los agentes económicos.

Las resoluciones dictadas por la Comisión pueden ser impugnadas en primera instancia ante el Presidente de la misma a través del recurso de reconsideración. Por todo lo anterior, es importante contar con la asesoría especializada en la materia que facilite los conocimientos en la toma de decisiones.

Lic. Juan Pablo Jauregui
juanjauregui@caintra.org.mx